Control de acceso okupas: qué es y por qué no es legal instalarlo por tu cuenta
El fenómeno de la okupación ha aumentado en los últimos años y, con él, las estrategias que algunos propietarios intentan utilizar para recuperar su vivienda. Entre ellas, una de las más polémicas es el llamado control de acceso antiokupas, una práctica que, aunque pueda parecer eficaz, es completamente ilegal si se realiza mientras la vivienda sigue ocupada.
En Okupas Fuera, especialistas en recuperación legal de inmuebles, insistimos en que cualquier intento de recuperar la posesión por vías no judiciales puede acarrear consecuencias penales graves. Si tienes okupas en tu propiedad, lo más importante es actuar correctamente desde el inicio y no dejarte llevar por el impulso. En el siguiente artículo profundizamos sobre el tema ¡sigue leyendo para saber cómo actuar!
Qué es un control de acceso antiokupas
El control de acceso antiokupas consiste en colocar medidas físicas o humanas para impedir que los ocupantes entren o salgan de una vivienda. En algunos casos, se contratan vigilantes o empresas de seguridad privada que bloquean la entrada o instalan cerraduras nuevas, verjas o incluso presencia permanente en el portal.
A simple vista puede parecer una medida de “protección del propietario”, pero en realidad, la ley lo considera coacción si se hace mientras los okupas aún están dentro del inmueble. Es decir, impedirles entrar o salir se equipara a restringir su libertad, lo que podría ser utilizado en tu contra, al ser tipificado como delito en el artículo 172 del Código Penal.
Por tanto, es importante tener en cuenta que cualquier control de acceso instalado con los okupas dentro puede derivar en una denuncia penal contra el propietario.
Por qué no puedes instalar un control de acceso si hay okupas dentro
La legislación española protege tanto el derecho a la propiedad como la inviolabilidad del domicilio, y eso incluye a los ocupantes, incluso aunque estén allí de forma ilegal.
Mientras exista una ocupación, el inmueble se considera “morada” a efectos legales, y solo un juez puede ordenar su desalojo. Si el propietario intenta actuar por su cuenta, ya sea cambiando cerraduras, cortando suministros o instalando un control de acceso, podría ser denunciado por coacciones o allanamiento.
En los últimos años, se han dado casos de propietarios que, al intentar recuperar lo suyo, acabaron enfrentándose a sanciones económicas o incluso penas de prisión. Por ello, desde Okupas Fuera recomendamos siempre seguir la vía judicial o contar con un equipo especializado en desocupaciones legales, que garantice un proceso seguro y conforme a la ley.
Si quieres saber qué derechos tiene un okupa y cómo esto afecta a las medidas de seguridad, te recomendamos leer nuestro artículo sobre qué derechos tiene un okupa en España.
Qué dice la ley sobre los controles de acceso antiokupas
El Código Penal, en su artículo 172, castiga con multa o prisión a quien impida a otro ejercer su derecho de libertad o de uso de una vivienda, incluso si se trata de una persona que ocupa sin permiso.
Además, la Ley de Seguridad Privada prohíbe expresamente a empresas o vigilantes actuar fuera del marco legal, es decir, no pueden intervenir para echar a personas de una vivienda sin orden judicial.
Esto significa que, si una empresa ofrece instalar controles de acceso o vigilar un inmueble ocupado con el objetivo de forzar la salida de los okupas, está incurriendo en una práctica ilegal.
Cuándo sí es legal instalar un control de acceso
Una vez que la vivienda ha sido desalojada de manera legal,ya sea porque los okupas se han marchado voluntariamente o tras una orden judicial, el propietario sí puede instalar sistemas de control de acceso para prevenir nuevas ocupaciones.
En ese caso, se recomienda 3 cosas fundamentales:
- Cambiar cerraduras y reforzar puertas o ventanas.
- Instalar cámaras o alarmas conectadas a una central.
- Contratar vigilancia autorizada, pero únicamente si el inmueble está vacío.
Estas medidas son perfectamente legales y recomendables para garantizar la seguridad y evitar futuras intrusiones. En Okupas Fuera ofrecemos asesoramiento sobre cómo proteger un inmueble tras la recuperación, incluyendo opciones de refuerzo de accesos y control remoto autorizado.
¿Qué hacer si tu vivienda ha sido ocupada?
Si descubres que tu propiedad ha sido ocupada, nunca intentes actuar por tu cuenta. El procedimiento correcto es el siguiente:
- Denunciar la ocupación a la policía. Presenta pruebas de propiedad (escritura, nota simple, contrato, etc.).
- Iniciar un proceso judicial. A través del juzgado, se solicita el desalojo por usurpación o, si procede, por desahucio exprés.
- Esperar la resolución judicial. Solo tras la orden del juez se puede proceder al desalojo.
- Proteger la vivienda una vez recuperada. Ahí sí es momento de instalar medidas de seguridad como controles de acceso, alarmas o puertas blindadas.
Desde Okupas Fuera gestionamos todo el proceso de desocupación de forma legal, rápida y segura, colaborando con abogados, mediadores y fuerzas del orden.
Actúa con seguridad: recupera tu propiedad sin riesgos
La desesperación ante una ocupación puede llevar a decisiones precipitadas, pero actuar al margen de la ley solo complica más el problema. Instalar un control de acceso antiokupas mientras los intrusos siguen dentro no solo no resuelve el conflicto, sino que puede convertirte en acusado.
La buena noticia es que existen vías legales efectivas para recuperar tu inmueble y prevenir futuras ocupaciones.En Okupas Fuera te ayudamos a recuperar tu vivienda de forma legal, sin riesgos y con todas las garantías. Nuestro equipo se encarga de cada fase del proceso, desde la denuncia hasta la seguridad posterior.